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Pago de multas, impuestos y derechos municipales

Queremos hacerte la vida más fácil. Ahora puedes realizar el pago de tus impuestos y derechos municipales de manera conveniente y sin complicaciones. Hemos habilitado el servicio de recaudación las 24 horas, los 365 días del año, a través de www.lascondes.cl, para que puedas realizar tus trámites de forma sencilla y en el momento que más te acomode.

 

Por otra parte, tenemos a tu disposición cajas de recaudación en el edificio corporativo ubicado en Av. Apoquindo Nº 3.400, en la Dirección de Tránsito y Transporte Público ubicada en Av. Presidente Riesco Nº 5296, así como también, se disponen en las siguientes dependencias: Juzgados de Policía Local, Club Tenis El Alba, Centro Deportivo Rolf Nathan, Spa El Alba, Spa Cerro Apoquindo y Veterinaria. El funcionamiento es en los horarios de atención de público: de lunes a viernes de 8:30 a 13:30 horas y de 15:00 a 17:00 horas; los días sábados de 09:00 a 13:00 horas, excepto festivos.

La Tesorería Municipal ofrece la emisión del comprobante de pago de la patente municipal efectuado con anterioridad. Por otra parte, los duplicados de pago de permisos de circulación se solicitan en el Departamento de Permisos de Circulación, ubicado en Av. Presidente Riesco Nº 5296. Ambos se pueden obtener también en www.lascondes.cl.

El Certificado de Otros Derechos se entrega a los cinco días hábiles siguientes a la fecha de solicitud, dependiendo de la fecha de pago del derecho municipal equivalente a 0.05 UTM.

El municipio otorga a los contribuyentes Certificados de No Deuda de Patente Municipal, como lo exige la Ley de Rentas Municipales, para ser presentado en otros municipios del país, para la obtención de autorización de su patente municipal en otras comunas. Lo anterior, previa Resolución de Desenrolamiento efectuado en el Departamento de Patentes Municipales.

Este Certificado de No Deuda de Patente Municipal, de acuerdo a requerimiento del contribuyente para fines particulares, no es válido para obtención de patente en otra comuna, el documento tiene un costo equivalente a 0.05 UTM, conforme a la Ordenanza sobre Derechos Municipales.

La sección egresos, dependiente de esta Tesorería Municipal, cumple la función de pagar los subsidios otorgados a los vecinos por los diferentes programas sociales. Asimismo, tambien se realiza el pago de los aportes y subvenciones otorgados por este municipio a las juntas de vecinos e instituciones privadas sin fines de lucro, previa presentación del Certificado de Vigencia y de otros antecedentes que permitan validar a las personas que retiran los respectivos cheques.

La Tesorería Municipal es la encargada de la custodia y manejo de las cuentas corrientes de los fondos propios del municipio y de otros fondos entregados por el gobierno central para la ejecución de programas sociales.

A este departamento le corresponde realizar el pago de todos los compromisos propios del ejercicio presupuestario ordenados por la autoridad municipal mediante los decretos de pago. Entre estos, el pago a proveedores, honorarios, consumos básicos, impuestos, fondos de terceros, permisos de circulación a otras comunas, subsidios de programas sociales y devoluciones a terceros.

Para una atención más expedita, se han habilitados los siguientes procedimientos de pago a terceros: pago con vale vista a proveedores a través de las sucursales del Banco BCI, transferencias a cuentas corrientes, depósito de cheques en cuentas corrientes, retiro de cheques en sus oficinas, ubicadas en Av. Apoquindo Nº 3400, piso -1.

Se realiza la devolución de fondos por documentos en garantías hechas efectivas a la fecha del vencimiento; de impuestos y derechos pagados en duplicidad en esta municipalidad, en los horarios de atención de público de lunes a viernes de 8:30 a 13:30 horas y de 15:00 a 17:00 horas; los días sábados de 09:00 a 13:00 horas, excepto festivos

La sección de cobranza, dependiente de la Tesorería Municipal, entrega información relativa a impuestos y derechos municipales morosos, las que paralelamente también se encuentran publicadas en www.lascondes.cl.

El artículo 48º de la Ley de Rentas Municipales, Titulo IX, Del Cobro Judicial, señala: "El contribuyente que se constituyere en mora de pagar las prestaciones señaladas en el artículo anterior, quedará obligado, además, al pago de los reajustes e intereses en la forma y condiciones establecidas en los artículos 53º, 54º y 55º del Código Tributario."

Asimismo, establece en su artículo 47º que: "Para efectos del cobro judicial de las patentes, derechos y tasas municipales, tendrá mérito ejecutivo el certificado que acredite la deuda emitida por el secretario municipal. La acción se deducirá ante el tribunal ordinario competente y se someterá a las normas del juicio ejecutivo establecidas en el Código de Procedimiento Civil.
La cobranza administrativa y judicial de los impuestos municipales se regirán por las normas contenidas en el Título V del Libro III del Código Tributario."

Los impuestos y derechos municipales que no se paguen en los plazos establecidos en la Ley y en la Ordenanza Local sobre Derechos Municipales, se entenderán que están en mora y su pago se regirá por las normas que establece la Ordenanza Municipal sobre Permisos de Circulación, Derechos y Patentes Municipales Morosos, como procedimiento para facilitar el pago, incluidas las multas e intereses que correspondan.

Para acceder a las opciones de pago, el deudor deberá solicitar por escrito a la autoridad municipal, la factibilidad del convenio de pago y, en él, la deuda podrá fraccionarse en hasta doce cuotas mensuales, dependiendo del monto de la deuda y lo establecido en la ordenanza respectiva. Se debe pagar un 20% al momento de firmarse el convenio de pago y el saldo se pacta a través de un pagare notarial. Las cuotas devengarán IPC e intereses correspondientes a la fecha de su pago.

Para el convenio de pago por impuesto moroso relativo a permisos de circulación, el solicitante debe acreditar domicilio en la provincia de Santiago.

El pago del convenio comenzará a regir desde el momento de la firma del mismo.

La sección garantías, dependiente de la Tesorería Municipal, mantiene el control y custodia de los documentos de garantía que solicitan las unidades municipales para garantizar seriedad de ofertas, fiel cumplimiento de contratos, permisos precarios, obras de urbanización, impacto vial, ensanche de calles, instalación de semáforos, permisos por ocupación de espacio público, reposición de pavimentos, intervención de áreas verdes, entre otras materias afines.

Las unidades municipales supervisoras de los contratos son las responsables de supervisar el cometido por el cual ingresó el documento de garantía, tambien es la encargada de informar a Tesorería Municipal si corresponde efectuar la devolución de la garantía al tomador de la misma, o bien, presentarla a cobro ante la entidad bancaria que corresponda debido a incumplimiento de las obligaciones del contrato entre las partes.

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