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Las Condes

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Concejo municipal

Departamento Vivienda y Proyectos en la Comunidad

El artículo 45 de la ley N° 19.418, el cual establece normas sobre Juntas de vecinos y demás Organizaciones comunitarias, menciona la creación en cada Municipalidad de un Fondo de Desarrollo Vecinal que será administrado por el Municipio y estará compuesto por aportes municipales y de los propios vecinos y beneficiarios.

El objeto de este fondo, es apoyar proyectos específicos de desarrollo comunitario presentados por las Juntas de Vecinos de la comuna de Las Condes. Específicamente busca apoyar a través del cofinanciamiento de proyectos de mejoramientos de inmuebles habitacionales, ayudando a mejorar la calidad de vida, dando soluciones a infraestructura, habitabilidad, sustentabilidad o eficiencia energética y seguridad.

Objetivos del beneficio:

  • Promover y ejecutar proyectos de mejora de infraestructura en espacios comunes en Las Condes.
  • Promover procesos de postulación a fondos idóneos y pertinentes mediante la entrega de asesorías a las comunidades de Las Condes.
  • Promover la gestión de comunidades organizadas que tengan necesidad de apoyo en el financiamiento para la ejecución de un proyecto desarrollado y detallado por un profesional.

A quién se dirige el beneficio:

  • A las Juntas de Vecinos constituidas legalmente y con directorio vigente y activo, y sus comunidades interesadas en participar en el programa y que cumplan con los criterios establecidos en el reglamento FONDEVE.

Tipos de proyectos a financiar:

  • Las establecidas en las bases de postulación FONDEVE 2025

  • Mejoramiento y reparación de espacios comunes de propiedades regidas por la Ley de Copropiedad Inmobiliaria.
  • Proyectos que favorezcan el uso de energía limpia y la conservación del medio ambiente en comunidades.

Requisitos para acceder al beneficio:

  • Los establecidos en Reglamentos FONDEVE. 

Contacto para mayor información:

 

Teléfono
(+56 2) 232625241
(+56 2) 232625291

 

Dirección
Santa Zita N° 9135

La ley faculta a los municipios para contribuir al financiamiento de proyectos de interés local propuestos por personas jurídicas de carácter público o privado sin fines de lucro, que colaboren directamente en el cumplimiento de las funciones municipales y estén orientados al bienestar de la comunidad.

Para llevar a cabo una postulación ordenada y contar con mecanismos de evaluación para seleccionar los proyectos a financiar, la municipalidad desde el año 1998 lleva a cabo el proceso de otorgamiento de subvención a través de Fondos Concursables.

Así, busca fomentar y facilitar el desarrollo de proyectos alineados con los objetivos de la municipalidad y la DECOM, ejecutados por organizaciones con personalidad jurídica y sin fines de lucro.

Objetivos del beneficio:

 

  • Promover la realización de proyectos alineados con los objetivos de la Municipalidad y la Dirección de Desarrollo Comunitario,  a través de la entrega de Subvención Municipal mediante Fondos Concursables.

 

A quién se dirige el beneficio:

 

  • Organizaciones con personalidad jurídica de carácter público o privado sin fines de lucro; que colaboren directamente en el cumplimiento de las funciones municipales y estén orientados al bienestar de la comunidad (Juntas de Vecinos, Clubes Deportivos, Clubes de Adulto Mayor, Conjuntos Folklóricos, Fundaciones, Corporaciones, ONGs, etc) y su población beneficiaria.

 

Requisitos para acceder al beneficio:

 

  • Ser organización con personalidad jurídica, de carácter público o privado, sin fines de lucro.
  • Presentar los documentos requeridos en las Bases de Postulación.
  • Presentar los documentos requeridos para el otorgamiento de la subvención: Certificado de vigencia de la organización; Balance; Inventario; Cuenta bancaria; Listado de socios; Rut de la organización.

 

Contacto para mayor información:

 

 

Teléfonos
-229507913
-229508411

 

 

Dirección
Santa Zita N° 9135

Dirección

Santa Zita N° 9135

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