Preguntas Frecuentes Subsidios y Programas Sociales

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  • Para solicitar ayuda social, usted nos puede contactar por tres vías: telefónica, correo electrónico o presencial en el Depto. de Subsidios y Programas Sociales.

Es un beneficio económico mensual para las personas que no tienen derecho a pensión en ningún régimen previsional. La Pensión Básica Solidaria de Vejez forma parte del Sistema de Pensiones Solidarias, creado a partir de la Reforma Previsional del año 2008, y sus montos son:

  • $164.356.- pesos, para quienes tienen entre 65 y 74 años.
  • $176.096.- pesos, para mayores de 75.

Tienen derecho a este beneficio personas que:

  • Tengan, a lo menos, 65 años al momento de la solicitud.
  • No tengan derecho a percibir pensión en ningún régimen previsional, ya sea en calidad de titular o como beneficiario de pensión de sobrevivencia.
  • Integren un grupo familiar perteneciente al 60% más pobre de la población determinado, principalmente, por el Puntaje de Focalización Previsional: este puntaje se obtiene de la información que entrega el Ministerio de Desarrollo Social basado en el Registro Social de Hogares, el Servicio de Impuestos Internos y la Superintendencia de Pensiones. 
  • Acrediten residencia en el territorio chileno por un período de 20 años (continuos o discontinuos), contados desde que cumplieron 20 años.
  • Haber vivido en el país al menos cuatro de los últimos cinco años anteriores a la solicitud.

Al respecto, cabe destacar que el requisito de residencia podrá ser homologado a las personas que registren 20 años o más de cotizaciones en algún sistema previsional en Chile. Los beneficiarios que están inscritos en la Oficina Nacional de Retorno y Diplomáticos podrán conmutar los años de exilio como residencia.

Es un beneficio económico mensual que se entrega a las personas entre 18 y menores de 65 años que han sido declaradas con invalidez, es decir, que no pueden llevar a cabo un trabajo, ya sea por problemas físicos o por alguna discapacidad intelectual y que no tienen derecho a pensión en algún régimen previsional, ya sea como titulares o beneficiarios de una pensión de sobrevivencia.

  • Su monto mensual es de $164.356- pesos.

¿A quiénes está dirigido?

Tienen derecho al beneficio aquellas personas que:

  • Tengan entre 18 y 65 años.
  • No tengan derecho a recibir pensión en ningún régimen previsional, ya sea en calidad de titular o beneficiario de pensión de sobrevivencia.
  • Hayan sido declaradas con invalidez por las comisiones médicas definidas en el Decreto Ley N° 3.500.
  • Integren un grupo familiar perteneciente al 60 % más pobre de la población determinado por el Puntaje de Focalización Previsional.
    El Puntaje de Focalización Previsional se obtiene de la información que entrega el Ministerio de Desarrollo Social, basado en el Registro Social de Hogares, el Servicio de Impuestos Internos y la Superintendencia de Pensiones.
    Si la persona no sabe si está inscrita en el Registro Social de Hogares, puede ingresar a www.registrosocial.cl y verificar la información o solicitar su ingreso al sistema. También puede acercarse a la municipalidad que corresponde a su domicilio para hacer el trámite.
  • Acrediten cinco años continuos o discontinuos de residencia en Chile en los últimos seis años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
    Los beneficiarios que están inscritos en la oficina nacional de retorno y diplomáticos podrán conmutar los años de exilio como residencia.

Requisitos:

  • Estar inscrito en el Registro Social de Hogares.
  • Cédula de identidad vigente.

Es un beneficio económico mensual que tiene por objeto apoyar a las personas de menores ingresos, que reciben pensiones de vejez de bajo monto e inferiores a la Pensión Máxima con Aporte Solidario:

  • $485.674.- pesos, para personas entre los 65 y 74 años.
  • $520.366.- pesos, para personas mayores de 75 años.

¿A quiénes está dirigido?

Tienen derecho al beneficio aquellas personas que:

  • Tengan, al menos, 65 años de edad al momento de la solicitud.
  • Reciban una pensión de vejez o sobrevivencia (monto bruto) inferior o igual a la Pensión Máxima con Aporte Solidario (PMAS), ya sea de una AFP, compañía de seguros o ex caja de previsión social administrada por el Instituto de Previsión Social (IPS).
  • No impongan en la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (DIPRECA) ni en la Caja de Previsión de la Defensa Nacional (CAPREDENA).
  • No reciban pensiones en CAPREDENA ni DIPRECA, ya sea en calidad de titular o como beneficiario de una Pensión de Sobrevivencia.
  • Tengan derecho a una pensión de sobrevivencia otorgada por la ley sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales (Ley N°16.744)
  • Integren un grupo familiar perteneciente al 60 % más pobre de la población determinado por el Puntaje de Focalización Previsional.
    El Puntaje de Focalización Previsional se obtiene de la información que entrega el Ministerio de Desarrollo Social basado en el Registro Social de Hogares, el Servicio de Impuestos Internos y la Superintendencia de Pensiones.
    Si la persona no sabe si está inscrita en el Registro Social de Hogares, puede ingresar a www.registrosocial.gob.cl y verificar la información o solicitar su ingreso al sistema. También puede acercarse a la municipalidad que corresponde a su domicilio para hacer el trámite.
  • Acrediten residencia en el territorio chileno por un período de 20 años (continuos o discontinuos), contados desde que cumplieron 20 años de edad.
  • Hayan vivido en el país, al menos, cuatro de los últimos cinco años anteriores a la solicitud. El requisito de residencia podrá ser homologado a las personas que registren 20 años o más de cotizaciones en algún sistema previsional chileno.

Los beneficiarios que están inscritos en la oficina nacional de retorno y diplomáticos podrán conmutar los años de exilio como residencia.

 

Es un beneficio económico mensual que tiene por objeto apoyar a las personas de menores ingresos que reciben pensiones de invalidez de bajo monto. Este beneficio permite mejorar o complementar las pensiones de invalidez inferiores a $164.356.- El Aporte Previsional Solidario de Invalidez forma parte del Pilar Solidario.

¿A quiénes está dirigido?

Tienen derecho al beneficio aquellas personas que:

  • Tengan entre 18 y 65 años de edad.
  • Reciban una pensión mensual o una pensión base inferior al monto de la Pensión Básica Solidaria.
  • Sean declaradas inválidas por las comisiones médicas de Invalidez del DL N° 3.500 o reciban una pensión de invalidez.
  • No impongan en la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (DIPRECA) o en la Caja de Previsión de la Defensa Nacional (CAPREDENA).
  • No reciban pensiones en CAPREDENA o DIPRECA, ya sea en calidad de titular o como beneficiario de pensión de sobrevivencia.
  • Integren un grupo familiar perteneciente al 60 % más pobre de la población determinado por el Puntaje de Focalización Previsional (que se obtiene de la información que entrega el Ministerio de Desarrollo Social basado en el Registro Social de Hogares, el Servicio de Impuestos Internos y la Superintendencia de Pensiones).
  • Acrediten cinco años continuos o discontinuos de residencia en Chile en los últimos seis años, inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud para acogerse a los beneficios.

¿Qué necesito para hacer el trámite?

  • Cédula de identidad vigente y estar inscrito en el Registro Social de Hogares (RSH).

 

También conocido como Subsidio Único Familiar (SUF), está destinado a personas de escasos recursos que no pueden acceder al beneficio de Asignación Familiar o Maternal, porque no son trabajadores afiliados a un sistema previsional y que se encuentren hasta el 60% de Hogares de menores ingresos o mayor grado de vulnerabilidad.
El monto del Subsidio Familiar es de $13.832.- pesos por carga familiar. No obstante, el monto que generan las personas con discapacidad es el doble ($27.664.- pesos).

Las personas que dan derecho a percibir el Subsidio Familiar (causantes) pueden acceder a prestaciones médicas (preventivas y curativas) y odontológicas gratuitas.

El Subsidio Familiar es incompatible con:

  • Los demás beneficios del Sistema Único de Prestaciones Familiares (asignaciones familiares).
  • El goce de la Pensión Básica Solidaria (PBS).
  • El subsidio de discapacidad mental.

Los documentos requeridos para postular a Subsidio Familiar son los siguientes:

  • Copia Cédula de Identidad de la madre por ambos lados.
  • Copia Cédula de Identidad o certificado de nacimiento de los niños (menores de 18 años)
  • Copia carnet de control sano (portada, vacunas y controles al día) para niños menores de 6 años de edad.
  • Certificado de alumno regular para niños mayores de 6 años de edad.
  • Certificado de residencia a nombre de la madre, gestionado en Junta de Vecinos.
  • Número telefónico de contacto.

Toda vivienda afecta al pago de contribuciones debe pagar los Derechos de Aseo. Posteriormente, la Municipalidad hace devolución de estos derechos. Para esto, los interesados deben postular y cumplir con los siguientes requisitos:

  • Ser hombre o mujer de 60 años o más.
  • Tener condición de propietario de la vivienda y residir en el domicilio por el cual se postula.
  • Encontrarse incorporado al Registro Social de Hogares.
  • Personas discapacitadas sin requisito de edad.

 Al momento de postular, se debe presentar la siguiente documentación:

  • Fotocopia cédula de identidad vigente por ambos lados.
  • Comprobante de pago (en original o copia), de las colillas de contribuciones 2021 pagadas.
  • Documento que acredite dominio de la propiedad, si el comprobante de contribuciones se encuentra a nombre de un tercero.
  • En caso de postulantes que no cumplan requisito de edad, deben presentar documento que acredite discapacidad emitido por COMPIN, Inscripción en Registro Nacional de la Discapacidad o comprobante de pago de pensión de invalidez.

La atención se realiza de lunes a viernes, de 8:30 a 13:30 y de 15:00 a 17:00 horas, en las oficinas del Departamento del Adulto Mayor, ubicadas en Camino El Alba N°9051.

 

  • Tener mínimo 18 años, acreditado con carné de identidad
  • Acreditar antigüedad de residencia en la comuna de al menos 15 años
  • Contar con libreta de ahorro para la vivienda, cuyo monto de ahorro dependerá del puntaje que tenga en el Registro Social de Hogares.
  • Contar con Registro Social de Hogares en el domicilio en el cual está residiendo.
  • Tener tarjeta vecino vigente
  • En caso de tener familia, debe presentar la fotocopia de carnet de todo el grupo familiar con el postulará.

Atención de público a cargo del Departamento de Acción y Asistencia Social, ubicado en Avenida Apoquindo N°9070.

 

El subsidio de agua potable es un beneficio que entrega el Estado, a través de las municipalidades, para ayudar a las familias más necesitadas del país. Consiste en el pago de una parte de su cuenta mensual de agua potable y alcantarillado, con un límite de consumo mensual de hasta 15 m3. Cubre el 50% de los primeros 15 m3 consumidos. Debe postular el jefe de hogar, siendo el mismo titular de la cuenta de servicio.

Los documentos requeridos para postular a Subsidio de Agua Potable son los siguientes:

  • Copia de Cédula de identidad del jefe de hogar, por ambos lados.
  • Boleta de consumo y comprobante de pago, a nombre del jefe de hogar (último mes cancelado)
  • Certificado de Residencia a nombre del jefe de hogar.
  • Número telefónico de contacto.

JUNAEB cuenta con una plataforma web para postulaciones o renovaciones de estos beneficios, por lo que podrás ingresar al siguiente link: https://portalbecas.junaeb.cl/#/login. En el caso que de esta forma la postulación o renovación no sea satisfactoria, podrás acercarte al municipio para realizar la gestión con la documentación requerida.
Los plazos aún no se han definido, pero en general son a partir de diciembre de cada año para el año siguiente.

  • Tener condición de descendiente de etnia indígena
  • Tener promedio de notas mínimo 5.0 (Ed. Media) y 4.5 (Ed. Superior)
  • Pertenecer al tramo de Registro Social de Hogares menor al 60%

Documentación

  • Certificado de CONADI (Acreditación de condición indígena).
  • Certificado de notas 2021.
  • Cédula de identidad de postulante.
  • Certificado de alumno regular o matrícula 2022.
  • Tener promedio de notas mínimo: 6.0 Ed. Media / 5.0 Ed. Superior
  • Pertenecer al tramo de Registro Social de Hogares menor al 60%

Documentación

  • Certificado de notas 2021.
  • Cédula de identidad de postulante.
  • Certificado de alumno regular o matrícula 2022.

El Subsidio de Escolaridad tiene por objetivo aportar económicamente al pago del arancel de colegios particulares, particulares subvencionados, universidades, institutos profesionales y centros de formación técnica reconocidos por el Ministerio de Educación (solo primera carrera), ubicados dentro de la Región Metropolitana y a alumnos que presenten necesidades educativas especiales.  Los beneficiarios serán determinados por el Departamento de Subsidios y Programas Sociales dependiente de la Dirección de Desarrollo Comunitario, en base a la situación socioeconómica de la familia.

Las postulaciones son online y se realizan desde el 01 de diciembre 2021 al 13 de enero 2022, para educación básica y media. Para la educación superior, serán desde el 01 al 30 de abril 2022.

Requisitos:

  • El/la alumno/a se encuentra con matrícula vigente año 2022
  • El/la alumno/a tener residencia permanente en la comuna de Las Condes, mínimo 1 año.  Acreditable con el Registro Social de Hogares.
  • En el caso de alumno/a extranjeros, deben contar con la residencia definitiva y cédula de identidad vigente con RUN chileno, igual condición para el apoderado responsable.
  • Aquellos alumnos que presenten necesidades educativas especiales, éstas deben estar acreditadas por certificado emitido por médico tratante y/o por profesional competente, con vigencia máxima de 6 meses a la fecha de la postulación.
  • Nota 6.0 colegio básica y media
  • Nota 6.0 egresados de cuarto medio
  • Nota 5.0 en educación superior