Consejo Económico y Social Comunal
Principales Servicios
Mediante la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades N° 18.695, modificada por la Ley sobre Asociaciones y Participación Ciudadana en la Gestión Pública N° 20.500, se le encomiendan como funciones:
- Pronunciarse anualmente respecto de la Cuenta Pública del Alcalde
- Formular Observaciones al informe del Alcalde acerca de los Presupuestos de Inversión, del Plan de Desarrollo Comunal y del Plan Regulador.
- Pronunciarse sobre la cobertura y eficiencia de los servicios municipales de la Comuna.
- Colaborar con la acción municipal informando al Alcalde respecto de asuntos específicos que se produzcan o que ocurran en el ámbito comunal, recomendando cursos de acción a seguir o la adopción de determinadas resoluciones.
- Informar sobre la asignación y cambio de la denominación de las calles, plazas y demás bienes nacionales de uso público que administre la Municipalidad.
- Actuar como organismo asesor de la Municipalidad en aquellas materias que el Alcalde le encomiende.
- Analiza y tratar todos los asuntos que se refieran o que revistan importancia para los vecinos, pudiendo posteriormente elevarlos al conocimiento y resolución del Consejo Municipal y del Alcalde.
- Reunirse a propia iniciativa para estudiar y debatir materias generales de interés local y elevar sus opiniones a conocimiento del Alcalde y Concejo Municipal.
- Interponer el Recurso de Reclamación establecido en el Título Final de la Ley N° 18.695.