PROCESO DE CAPITAL PROPIO

Con fecha 4 de Julio de 2008, fue publicada la Ley 20.280 que modificó el artículo 24 del Decreto Ley Nº 3.063 de 1979, sobre Rentas Municipales, la que dejó sin efecto la declaración de capital propio.
Además, agregó un nuevo elemento respecto a la forma de acreditar las inversiones que las empresas mantienen en otros negocios o empresas afectos al pago de patente municipal, esto es, un certificado extendido por la o las municipalidades correspondientes a las comunas en que dichos negocios o empresas se encuentran ubicados.
Para lo anterior, los contribuyentes deben solicitar en la municipalidad donde se encuentre registrada la empresa receptora de las inversiones, la solicitud de certificado para rebaja de inversiones, o bien obtener la solicitud en el link siguiente:

Solicitud de Certificado de Rebaja de Inversiones
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A la solicitud debe adjuntar:
  1. Balance Tributario al 31 de Diciembre de 2008
  2. Certificado emitido por la empresa receptora de la inversión, valorizado al valor libro al 31 de Diciembre de 2008.
Ahora bien, la empresa inversionista debe solicitar a la municipalidad donde tenga radicado su domicilio, rebajar del capital propio el monto de las inversiones que mantiene invertida en otros negocios o empresas afectos al pago de patente municipal, adjuntando los respectivos certificados emitidos por la municipalidad donde se encuentre registrada la empresa receptora de las inversiones, puede obtener el formulario en el link siguiente:

SOLICITUD DE REBAJA DE INVERSIONES
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Las empresas que mantengan su casa matriz en la Municipalidad de Las Condes y además tengan sucursales amparadas por patente, deberán presentar en el transcurso del mes de Mayo, una declaración en que se incluya el número total de trabajadores que laboran en cada una de las sucursales, oficinas, establecimientos, locales u otras unidades de gestión empresarial.
Esta municipalidad determinará y comunicará, tanto al contribuyente como a las municipalidades vinculadas, la proporción del capital propio que corresponda a cada sucursal, establecimiento o unidad de gestión empresarial.
Para lo anterior, se envió por correo el formulario respectivo a los contribuyentes que el año 2008 declararon sucursales, con la finalidad que cumplan con la citada obligación para el año 2009.
En caso que Ud. tenga consultas que realizar, debe dirigirse directamente al Departamento de Patentes Municipales (Av. Apoquindo Nº 3400 piso -1.
Con todo, se encuentra pendiente la dictación del reglamento correspondiente por parte de la Presidencia de la República, según lo dispone la propia ley, reglamento que eventualmente, podría significar la modificación de algunas de las indicaciones contenidas en este instructivo.